Información aplicable a todos los estudiantes de nacionalidad distinta a países que forman la Unión Europea.

Trámites para estudiantes no comunitarios

Obtención del Certificado de Empadronamiento

Todas las personas que vivan en la ciudad de Barcelona tienen la obligación de estar empadronadas. El padrón es el registro municipal de toda la población de la ciudad y estar empadronado es un requisito obligatorio para poder acceder a los servicios públicos como la sanidad o la educación. Además, el empadronamiento es también un requisito obligatorio para determinados trámites relacionados con la Ley de Extranjería (reagrupación familiar, arraigo social, arraigo laboral, etc.).

Pasos a seguir para empadronarse

Para solicitar la inscripción en el Padrón, hay que solicitar cita previa para luego personarse en una de las oficinas de atención al ciudadano con la documentación necesaria.

Documentación necesaria:

  • Documento identificativo de la persona que solicita el empadronamiento:  DNI, pasaporte o en caso de extranjeros, tarjeta de residencia, pasaporte o carnet de identidad del país de origen.
  • Documento que acredite el domicilio: escritura de compra de la vivienda, contrato de alquiler con antigüedad máxima de 5 años (con duración mínima de 6 meses) y el último recibo de cualquier suministro (agua, gas, electricidad, etc.) donde conste el nombre y el domicilio de la persona que solicita el empadronamiento. Estos documentos deben ser los originales, no se admiten fotocopias.

En caso de que la vivienda no sea propiedad del solicitante del empadronamiento y quiera hacerla constar como domicilio, necesitará una autorización firmada del titular de la vivienda y una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento personal identificativo.

Obtención de la primera autorización (TIE: Tarjeta de Identificación de Extranjeros)

Uno de los trámites más importantes que tendrás que hacer al llegar a Barcelona es el de la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE). La TIE es el documento único y exclusivo destinado a dotar de documentación a los extranjeros en situación de permanencia legal en España, a cuyo fin los destinatarios del mismo deberán cumplimentar las actuaciones que se establezcan para su entrega.

Dicha Tarjeta acredita la permanencia legal de los extranjeros en España, su identificación y que se ha concedido, de acuerdo con la normativa vigente, la autorización o reconocido el derecho para permanecer en territorio español por un tiempo superior a seis meses.

Para solicitar la primera autorización de estancia se dispone de un plazo de un mes desde la fecha de entrada a la Unión Europea que consta en el pasaporte.

Toda la documentación debe presentarse en una lengua oficial (español o catalán). Debe presentarse la siguiente documentación en cualquier Comisaría de la localidad del estudiante (mediante cita previa).

  • Solicitud original y copia.
  • Pasaporte original y copia.
  • Visado original y copia.
  • Fotocopia del sello de entrada en la UE o billete de avión (tarjeta de embarque).
  • Carta de matrícula de la universidad donde se indique también la duración de los estudios.
  • Tres fotografías recientes en color, sobre fondo blanco y tamaño carné.
  • Certificado de empadronamiento (incluir link a la página de Certificado de Empadronamiento).
  • Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia y dos copias. Aunque con la nueva ley de extranjería el seguro de repatriación ya no es necesario, es recomendable tener uno.

La comisaría expedirá un resguardo oficial de la tarjeta. La Tarjeta de Autorización de Estancia por Estudios se recogerá después de 4 semanas y previo pago de la tasa. Su validez dependerá del período de estudios o de la finalización del curso académico.

Renovación de la autorización

La renovación de la tarjeta de estudiante es un trámite unipersonal y presencial, eso quiere decir que debe realizarlo el propio estudiante personalmente. Se deberá solicitar cita previa para realizar dicho trámite.

La documentación que debe presentarse es la siguiente:

  • Solicitud original y dos copias.
  • Pasaporte original y dos copias.
  • Tarjeta de estudiante original (TIE) y dos copias.
  • Certificado de medios económicos de una cuenta española. Para su sostenimiento, mensualmente, deberás tener el 100 % del IPREM que asciende a 532,51 euros/mes (6.390,12 euros/año)
  • Seguro de enfermedad que cubra los gastos médicos durante la estancia y dos copias. Aunque con la nueva ley de extranjería el seguro de repatriación ya no es necesario, es recomendable tener uno.
  • Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para este curso académico y que ha demostrado aprovechamiento, y dos copias.
  • Carta de la facultad donde conste que el estudiante está matriculado para el curso académico siguiente y dos copias.
  • Pago de tasas:
    • Rellenar con los datos (son obligatorios los campos que tienen *) y hacer clic en "autorización 1.3* para que dé la cantidad debida de 16,81 €. No hay que escribir nada en "número de expediente".
    • Escribir el código de seguridad.
    • “Obtener el documento".
    • Imprimir el formulario.
    • Pagar en el banco.
    • Adjuntar a la documentación anterior el formulario y dos copias.

Si se produce un cambio de domicilio, es necesario presentar un nuevo certificado de empadronamiento. puedes comprobar el estado de resolución del permiso.

Una vez que el expediente sea favorable y el TIE caducado, habrá que completar el proceso de renovación con la cita para toma de huellas en la comisaría de policía.

Si el estado de renovación se encuentra por mucho tiempo en “en trámite” o se encuentra en “tramite-requerido”, contacta con la oficina internacional.

Autorización de regreso

Más información sobre este trámite.

Para solicitar la autorización de regreso se debe pedir cita previa a través de este enlace.