Información aplicable a todos los estudiantes procedentes de países que forman parte de la Unión Europea.

Trámites para estudiantes comunitarios

Obtención del Certificado de Empadronamiento

Todas las personas que vivan en la ciudad de Barcelona tienen la obligación de estar empadronadas. El padrón es el registro municipal de toda la población de la ciudad y estar empadronado es un requisito obligatorio para poder acceder a los servicios públicos como la sanidad o la educación. Además, el empadronamiento es también un requisito obligatorio para determinados trámites relacionados con la Ley de Extranjería (reagrupación familiar, arraigo social, arraigo laboral, etc.).

Pasos a seguir para empadronarse

Para solicitar la inscripción en el Padrón, hay que solicitar cita previa para luego personarse en una de las oficinas de atención al ciudadano con la documentación necesaria.

Documentación necesaria

  • Documento identificativo de la persona que solicita el empadronamiento:  DNI, pasaporte o en caso de extranjeros, tarjeta de residencia, pasaporte o carnet de identidad del país de origen.
  • Documento que acredite el domicilio:  escritura de compra de la vivienda, contrato de alquiler con antigüedad máxima de 5 años (con duración mínima de 6 meses) y el último recibo de cualquier suministro (agua, gas, electricidad, etc.) donde conste el nombre y el domicilio de la persona que solicita el empadronamiento. Estos documentos deben ser los originales, no se admiten fotocopias.
  • En caso de que la vivienda no sea propiedad del solicitante del empadronamiento y quiera hacerla constar como domicilio, necesitará una autorización firmada del titular de la vivienda y una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento personal identificativo.

En caso de que la vivienda no sea propiedad del solicitante del empadronamiento y quiera hacerla constar como domicilio, necesitará una autorización firmada del titular de la vivienda y una fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento personal identificativo.

Obtención del Número de Identificación de Extranjeros (NIE)

Los estudiantes pertenecientes a un Estado miembro de la UE, a un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o a Suiza y que quieran residir en España durante un período superior a tres meses deberán solicitar obligatoriamente la inscripción en el Registro Central de Extranjeros.

Dicho registro debe realizarse en persona en la Oficina de Extranjería o, en su defecto, en la comisaría de policía de la provincia donde resida o donde quiera fijar su domicilio el estudiante.

La documentación requerida es la siguiente:

  • Matrícula del centro de enseñanza público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
  • Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde un punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
  • Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia, para su periodo de residencia en España.
  • Se considerará suficiente para el cumplimiento de estos requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.

Es importante que realices este trámite, dado que para cosas tan sencillas como dar de alta una cuenta de teléfono fijo o móvil, te pedirán este número.