Normativa de matrícula y permanencia del programa de Doctorado en Tecnologías de la Información y su Aplicación a Gestión, Arquitectura y Geofísica

La Salle - Universitat Ramon Llull y Observatori de l'Ebre
 

1. Condiciones generales de matrícula

1.1. Matrícula oficial

1.2. Modificaciones y anulaciones

1.3. Bajas

1.1. Matrícula oficial

Para poder cursar los estudios en vigor, solo se admitirá la matrícula oficial de La Salle – Universitat Ramon Llull.

Esta matrícula oficial deberá solicitarse en la Secretaría de La Salle dentro del plazo administrativo establecido anualmente. Actualmente, se han definido dos períodos de matriculación durante el curso académico en los que se puede formalizar la matrícula o solicitar modificaciones:

  1. Primero: desde principios de septiembre hasta mediados de octubre.
  2. Segundo: desde principios de enero hasta mediados de febrero.

Es responsabilidad del doctorando o doctoranda formalizar su matrícula anual dentro de los plazos establecidos.

En el momento de realizar la solicitud de la primera matrícula, los estudiantes deberán cumplir los requisitos establecidos por la normativa de acceso a los estudios de doctorado tanto de La Salle y el Observatori de l’Ebre como de la propia Universitat Ramon Llull.
 

1.2. Modificaciones y anulaciones

La matrícula podrá cambiarse o modificarse durante los plazos establecidos únicamente para corregir errores manifiestos producidos durante el período oficial de matrícula, ya sea por parte de la Secretaría Académica o del propio estudiante.

En cuanto a los supuestos de anulación de matrícula, se contemplan los siguientes:

  • Por enfermedad grave: Se requiere un informe médico; hay derecho a la devolución del importe correspondiente a la matrícula, considerándose una situación de baja legal (ver punto 1.3.1).
  • Por defunción: La devolución del importe se realizará a los herederos, presentando el certificado de defunción y la documentación correspondiente.
    • Si se trata de la primera matrícula y se solicita antes de que hayan transcurrido 15 días desde la fecha en que se hizo efectiva, con todos los pagos al día y sin haber presentado el plan de investigación y formación, se devolverá el importe correspondiente. Esta anulación no implica reserva de plaza.
    • Para el resto de matrículas, no hay derecho a devolución, y la solicitud no se resolverá hasta que la matrícula esté pagada.

1.3. Bajas

Siempre que sea posible, las notificaciones o solicitudes de baja deberán ser presentadas por el doctorando o doctoranda. En caso de no poder hacerlo personalmente, podrá presentarlas una persona designada por él o ella, siendo de su exclusiva responsabilidad gestionar y comunicar adecuadamente su situación a la comisión académica del programa.

1.3.1. Baja legal

Según la normativa vigente, las situaciones de incapacidad temporal, enfermedad, maternidad, paternidad, adopción y guarda con fines de adopción, acogida, riesgo durante el embarazo o la lactancia, violencia de género o cualquier otra causa prevista por la legislación vigente interrumpirán el cómputo del plazo de duración de los estudios de doctorado.

1.3.2. Baja temporal

  • Se pueden solicitar por motivos personales hasta un máximo de 2 años.
  • Es necesario presentar la solicitud justificada y recibir la aprobación de la comisión académica del programa.
  • Durante este tiempo, se interrumpe el cómputo del plazo máximo de permanencia.

1.3.3. Baja definitiva

Puede ser:

  • Voluntaria, con solicitud previa a la comisión académica del programa de doctorado, preferentemente dentro de los períodos de matriculación.
  • De oficio, si no se formaliza la matrícula durante un curso académico. Si no se presenta un motivo justificado (baja por enfermedad, etc.), la institución considerará que el doctorando o doctoranda ha abandonado el programa.
  • Académica, en las siguientes situaciones:
    • Si el doctorando o doctoranda recibe una evaluación negativa por segunda vez del progreso de sus estudios de doctorado.
    • Si se consume el plazo máximo para depositar la tesis.

En los tres supuestos indicados, se considerará que el doctorando o doctoranda ha cesado su participación en el programa, perdiendo así los derechos inherentes a su condición de estudiante del mismo.

Condiciones generales de permanencia

Tal y como establece la normativa de doctorado de la Universitat Ramon Llull, anualmente, la comisión académica evaluará el progreso del estudiante dentro del programa. La obtención de una evaluación positiva es un requisito indispensable para continuar en el programa de doctorado.

En caso de evaluación negativa, el doctorando o doctoranda deberá volver a ser evaluado en un plazo máximo de seis meses. Si se produjera una nueva evaluación negativa, el doctorando o doctoranda será dado de baja definitiva en el programa con efectos inmediatos (ver punto 1.3.3).